Objeto
Los servicios de Policía Adicional tienen por objeto prestar función especial de seguridad respecto de personas y bienes, de entidades civiles y comerciales, públicas y/o privadas.
Categorías
1º) Acompañamiento de pagadores, recaudadores y de quienes trasladen valores
2º) Bancos, Instituciones de Crédito o locales donde se guarden valores
3º) Seguridad de personas y bienes
4º) Espectáculos y reuniones públicas
Tasas
Los servicios de Policía Adicional serán costeadas por los solicitantes mediante el pago de una tasa cuyo importe se fijará por servicio, conforme la regla siguiente. Se entenderá por "servicio" o "servicios" el que preste un hombre por fracción de hasta cuatro (4) horas.
El tiempo que exceda se considerará nuevo servicio.
Trámite
Las entidades o personas interesadas solicitarán los "Servicios de Policía Adicional" por escrito a la unidad policial de la jurisdicción facultada por el Comando Superior Policial.
En la solicitud que firmará el interesado se consignará:
a) Categoría del servicio.
b) Término por el cuál se solicita, lugar, día y hora de iniciación.
c) Cantidad de empleados que se requieran.
Lugares y horarios de atención al público
Unidades Regionales y Comisarías de toda la Provincia, y en la ciudad de Resistencia la Unidad Especial de Seguridad Bancaria (Av. Rivadavia N° 250), en días hábiles de 7:30 a 12:30.
Departamento de Comunicaciones e Informática
-Jefatura de Policía-
Av. 25 de Mayo Nº 1420 -CP 3500-
Resistencia - Chaco - Argentina
Tel. Fax Nº: 03722-463102 y 03722-463202.
E-mail:l: webmaster_pch@ecomchaco.com.ar
Costos Servicio
Policía Adicional
a) Categoría 1ra.:
acompañamiento de pagadores, recaudadores y otros traslados de valores (12% del
sueldo básico del Agente de Policía), cuyo importe actual asciende a la suma de
ciento cuarenta y ocho pesos ($148,00), por
tiempo no mayor de cuatro horas corridas.
b) Categoría 2da.:
servicios en Bancos, Instituciones de crédito u otros locales donde se guarden
valores (10% del sueldo básico del Agente de Policía), importe actual que asciende
a la suma de ciento veinticuatro pesos ($124,00), por tiempo no mayor de cuatro
horas corridas.
c) Categoría 3ra.:
servicio de seguridad de personas y bienes, no comprendidos en los incisos que
anteceden (8% del sueldo básico del Agente de Policía), importe actual de
noventa y nueve pesos ($ 99,00), por tiempo no mayor de cuatro horas corridas.
d) Categoría 4ta.:
servicio en espectáculos y otras reuniones públicas (6% del sueldo básico del
Agente de Policía) importe actual de setenta y cuatro pesos ($74,00), por tiempo no mayor de cuatro
horas corridas).
OBSERVACIONES: Estos importes se modificarán únicamente en
caso de aumento del sueldo básico del Agente de Policía.
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